Un convenio regulador es un contrato entre dos partes. Así de fácil.

El contrato puede ser entre cónyuges para aportar en una demanda de divorcio o separación, o parejas de hecho e incluso dos personas que no hayan convivido pero que tengan algún hijo en común.

Es un documento que contiene los acuerdos tras una separación o divorcio o relaciones paterno filiales que aportaremos a un proceso de mutuo acuerdo, normalmente ante el juzgado e incluso algunas veces, en caso de no haber hijos en común o estos ser ya  mayores de edad, ante un notario.

Cuando la pareja tiene hijos en común menores de edad, siempre hemos de acudir al juzgado quién homologará el convenio previa aprobación del Ministerio Fiscal.

Se regulan cuestiones relacionadas con los bienes del matrimonio, la vivienda y sobre todo los hijos en común de la pareja; algunas veces se incluyen  unas cuestiones y otras veces otras, pues ni todas las parejas tienen hijos, ni bienes que dividir o casa que adjudicar, pero siempre reflejan los pactos a los que ambas partes han llegado.

Lo ideal seria regular todas las cuestiones que, sobre los hijos, bienes, pensiones,vivienda etc que se nos ocurran para hoy y para el futuro, pero lo cierto es que la vida es imprevisible y, por mucho que se quiera calcular, casi nunca es posible adivinar el futuro.

Es cierto que muchas parejas firman un convenio y por el mismo se rigen siempre, bien porque las circunstancias no cambian o bien porque llegan a acuerdos privados cuándo los cambios aparecen, pero lo cierto es que la gran mayoría de las veces esos convenios han de variarse (cambios de domicilios, crecimiento de los hijos, variaciones  económicas etc), y ante ello se puede firmar, efectivamente, un nuevo convenio regulador variando las cláusulas firmadas con un nuevo acuerdo, normalmente se cambian solo algunas de las cláusulas, y lo recomendable es acudir nuevamente al juzgado para que ratifique ese convenio regulador el mismo juzgado que aprobó el anterior.

Cada caso es diferente, cada familia es un mundo, y nosotros animamos a llegar siempre a acuerdos, cediendo ambas partes cuando sea necesario, porque en caso contrario el que decidirá es un juez que no conoce a la pareja ni sus circunstancias, es un proceso largo y a veces doloroso, para llegar a una solución que, la mayoría de las veces, a ninguna parte satisface.